Análisis de etiquetado será parcial, acusan

Medio: El Economista, pág. Principal31, Redacción
Fecha: 2018-08-20
Categoria: Nota Informativa

EL CONSEJO Mexicano de la Industria de Productos de Consumo(ConMéxico) lamentó que ni la industria alimentaria, ni los consumidores hayan tenido la oportunidad de ser escuchados durante el proceso judicial de amparo que realiza la Suprema Corte de Justicia de la Nación en relación con la normatividad vigente en materia de etiquetado nutrimental de alimentos y bebidas no alcohólicas, que esta semana quedará resuelta. Mediante un comunicado, ConMéxico consideró que durante el proceso han sido violadas las formalidades legales que el caso amerita, así como sus derechos a una defensa adecuada, derivados del carácter de terceros interesados que la Ley de Amparo les reconoce, por lo que, al no estar todas las partes afectadas, se hará un análisis parcial del problema, con consecuencias sociales y económicas. Los agremiados de ConMéxico son el sujeto de la regulación en cuestión y, como tal, tienen el interés normativo de opinar y ser escuchados en todo asunto relacionado con la misma, expresó Jaime Zabludovsky, presidente ejecutivo del organismo.

A partir del 30 de junio del 2016, todos los productos alimenticios cuentan con un etiquetado nutrimental frontal, de acuerdo con los lineamientos que deben observar los productores de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas para efectos de la información que deberán ostentar en el área frontal de exhibición, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 14 de abril del 2014.

En este proceso (del nuevo etiquetado se modificaron alrededor de 370,000 etiquetas de alimentos y bebidas no alcohólicas, lo que implicó una inversión de casi 25,000 millones de pesos, erogados por miles de empresas del sector alimentario mexicano, detalló. Fue en marzo del 2015 cuando la organización civil el Poder del Consumidor presentó un amparo en contra del etiquetado frontal y para el 28 de diciembre del 2016, el juez octavo en materia administrativa en la Ciudad de México decidió conceder el amparo.

La sentencia ordenó a la Cofepris dejar de aplicar la medida actual y mejorarla.
Sin embargo, la sentencia fue impugnada por la propia Cofepris y por la Profeco.
En febrero de este año, la Suprema Corte atrajo el caso.